lunes, 29 de febrero de 2016

Facturar con IRPF e IVA

Facturas con retención del IRPF

Un error común de muchos nuevos autónomos es creer que todos los autónomos deben incluir retenciones de IRPF en sus facturas.
Esto no es ni mucho menos así, de hecho los autónomos que facturan con IRPF son minoría.
El grupo más importante lo componen los profesionales autónomos dados de alta en los epígrafes de profesionales del impuesto de actividades económicas (IAE) y sólo en facturas que emitan para clientes que sean empresas u otros autónomos, nunca para particulares. El tipo a aplicar en la factura es del 15%, aunque los nuevos autónomos pueden aplicar un tipo reducido del 7% en el año en que se dan de alta y los dos siguientes.
El importe de la retención lo deducirás de tu factura y deberá ser pagado por tu cliente a Hacienda en tu nombre. Consiste por tanto en un pago anticipado que realizas a Hacienda a cuenta de tus futuras declaraciones de IRPF, al igual que a un trabajador en nómina la empresa que le contrata le quita un % de retención de IRPF que ingresa a nombre del trabajador en Hacienda.
Una ventaja de facturar con retenciones de IRPF es que si más del 70% del importe que factures las incluye, estarás exento de presentar la declaración trimestral del IRPF, el modelo 130, con lo que ahorrarás en papeleo y gestiones fiscales. Eso sí, cada año deberás presentar la declaración de la renta.
Otros autónomos que pueden tener que incluir retenciones en sus facturas son determinados autónomos en el régimen de módulos y los que se dedican a actividades ganaderas (1%), agrícolas y forestales (2% en estos últimos dos casos).

Facturas con IVA

Como ya sabrás el IVA debes incluirlo siempre en tus facturas, tanto si es para un cliente final como si es para otro autónomo o una empresa. Se trata de un impuesto que incrementa el valor del importe a cobrar por tu factura, ahora bien, es un impuesto que debes ahorrar ya que trimestralmente tienes que ingresarlo en hacienda al presentar la declaración de IVA.
Debes tener muy claro cual es el tipo de IVA que corresponde a tu actividad, en la actualidad, se aplica un IVA del 21% (tipo general) en la mayor parte de los sectores, aunque en algunos se aplica un 10% (tipo reducido), un 4% (tipo superreducido) o incluso en algunos casos existen exenciones de IVA. Y en estos últimos casos en tu factura deberás precisar que estás exento.
Puede darse el caso de que si trabajas con productos de índole variada, tengas que aplicartipos de IVA distintos a los diferentes productos de una misma factura.
Por ejemplo, un autónomo tiene una librería-papelería, si vende libros de texto, tendrá que aplicar un 4% de IVA mientras que al material escolar le tendrá que aplicar un 21%.

Infoautónomos