Es una sociedad limitada que tiene un único socio. Es aquella en la que el 100% del capital social corresponde a una sola persona, ya sea física o jurídica.
Se exige la inscripción de la circunstancia de “unipersonal” en el Registro Mercantil, expresando la identidad del socio único y se obliga a laidentificación de la sociedad añadiendo la letra “U” al final. De forma que, en toda la documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas, así como en todos los anuncios que haya que publicar, se hará constar que se trata de una “SLU”.
En caso de que no constase esta circunstancia en el Registro, ese único socio, tendrá que responder personal, solidaria e ilimitadamente de las deudas contraídas por la sociedad. Una obligación que desaparece al quedar consignada la “unipersonalidad” y, por tanto, la responsabilidad queda limitada, como en cualquier otra SL, al capital social de la misma.